Con fecha 28 de septiembre de 2021, el Presidente de la Cámara de Diputados, Sr Diego Paulsen Kehr, ha despachado oficio N° 16.938 a S.E. el Presidente de la República, comunicando la aprobación al Proyecto de Ley Nº 14.590-07 que modifica y complementa la Ley Nº 21.226 para reactivar y dar continuidad al sistema de justicia.
El proyecto no ha sufrido modificaciones en lo medular y finalidad de su contenido, salvo con la agregación de una frase en el último inciso del nuevo artículo 12, referente al abandono del procedimiento. Señala el inciso aludido lo siguiente:
“Para efectos de lo dispuesto en los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, no se contabilizará el tiempo en que el juicio hubiere estado paralizado por disposición del artículo 6 o por cualquiera otra causal producto de la pandemia.”
Atendido lo anterior, sólo resta que el Presidente de la República promulgue y publique la ley, para que entre en vigencia, la viene a modificar básicamente el inicio de los términos probatorios, supeditándolo a la petición de la parte interesada, y con ello, permitir a los tribunales descomprimir en cierta medida la gran cantidad de causas que se encuentran suspendidas a causa del artículo 6º de la Ley Nº 21.226, que por medio de esta ley se deroga.
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